ORDENANZA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES DEL 22/3/1872 –
Limpieza de la Ciudad / Prohibición de arrojar agua a la calle
Art. 1º -Queda absolutamente prohibido arrojar agua a la calle.
Art. 2º -Los contraventores a esta disposición serán sancionados de conformidad con el Régimen de Penalidades.
La vida humana es sagrada desde el momento de la concepción hasta su muerte natural
Escudo del Lavalle F. B. C. (San Nicolás)
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En la ciudad de San Nicolás de los Arroyos tomamos hace un mes la foto que
abre esta entrada:
En la fachada de la sede del Lavalle F.B.C. aparece el es...










































































































